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Congreso en Argentina

Basi Velázquez – El 5 y 6 de setiembre pasados se llevaron a cabo las I Jornadas de Derecho Penal Juvenil, Catamarca 2013, con la participación de destacados especialistas en materia de Derecho Penal Juvenil.

El evento tuvo lugar en medio de recientes sanciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) al gobierno argentino, por condenar a prisión perpetua a personas menores de 18 años. Además, el organismo instó a Argentina a modificar, en un plazo de dos años, la legislación penal vigente, adecuándola a los estándares internacionales.

Las Jornadas se realizaron en el marco de un contexto en el que los adolescentes en conflicto con la ley están en el centro del debate mediático, desde donde se los señala como responsables de la situación de inseguridad del país. Sin embargo, datos oficiales de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, señalan que sólo el 4.3% de los delitos investigados durante el 2012 tienen como sospechosos a menores de 18 años.

El lugar de Argentina

La magistrada María Fontemachi, presidenta de la Asociación Latinoamericana de Magistrados, Funcionarios, Profesionales y Operadores de Niñez, Adolescencia y Familia (AlampyOnaf), indicó que el resto de Latinoamérica tiene leyes penales juveniles desde los 12 y 14 años. No obstante, consideró que se debe realizar una buena evaluación acerca de cuál es la edad adecuada para que un adolescente menor de 18 años, sea punible.

«No tenemos que penalizar la pobreza como se habla y bajar la edad a los 14. De este modo, es castigar a una persona que quizá no esté capacitada en el sentido de poder valorar una conducta criminosa. Cuando hablamos de niños y jóvenes, estamos pensando en una persona en crecimiento, en evolución. Es muy importante hacer una diferenciación entre el Régimen Penal Juvenil y el Régimen Penal de Adultos», aclaró.

En este sentido, comentó que en muchos países del hemisferio Norte o de Europa marcaron los 16 ó los 18 años. En Argentina, remarcó, se debe sancionar de manera urgente una Ley Penal Juvenil para dejar de lado el Decreto Ley 22.278,  que está en vigencia desde hace más de 30 años.

El Derecho Penal Juvenil, precisó Fontemchi, debe trasdisciplinarse; el juez debe escuchar a los profesionales de otras ciencias para resolver realmente con justicia. La capacitación debe ser interdisciplinaria y también interinstitucional, porque en el caso de jóvenes en conflicto con la  Ley Penal no sólo trabaja la justicia sino fundamentalmente el Estado en programas. Cuando no existen los programas, por más que la Justicia resuelva rápidamente una declaración de responsabilidad, si no existe la posibilidad de que el chico se reinserte socialmente, se genera un problema grave, explicó.

«En Buenos Aires es terrible la situación porque hay muchos chicos menores de 16 años que siguen privados de la libertad porque aún la defensa pública no pudo hacer nada para sacarlos de esa situación. En muchas otras provincias no ocurre porque se reconoce que los niños menores de 16 años no deben ser privados de la libertad. Se debe buscar alguna medida alternativa socioeducativa en el caso de que estén en una situación de vulneración de derechos», advirtió.

Por su parte, Emilio García Méndez, presidente de la Fundación Sur Argentina, aseveró que en materia de Régimen Penal Juvenil, Argentina es, lamentablemente, el país más atrasado y más brutal de Latinoamérica, porque es el único que aún no tiene una Ley de Régimen Penal Juvenil y es el único país que ha emitido sentencias de reclusión perpetua a menores de edad.

«Argentina ostenta un triste récord. Uno podría decir ‘dime de qué te jactas y te diré de qué careces’. Argentina fue condenada 3 veces, en los últimos  años, en materia de infancia, por la CIDH, en 2003 y en 2013», destacó.

La Corte Interamericana exige al Estado Argentino derogar un decreto de la dictadura que es la Ley de Responsabilidad Penal Juvenil vigente en Argentina. «En Argentina se aprobó en 2009 un proyecto de Responsabilidad Penal Juvenil que se aprobó en el Senado por unanimidad y que fue cajoneado en la Cámara de Diputados. Una de las personas que más influyó para que no tengamos una Ley de Responsabilidad Penal Juvenil en Argentina es Eugenio Zaffaroni, juez de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Es una especie de ícono del progresismo argentino y el responsable de que no tengamos una Ley de Responsabilidad Penal Juvenil», aclaró.

García Méndez detalló que este Decreto divide a los menores entre mayores de 16 años y menores de 16 años. Los mayores de 16 y menores de 18 son declarados relativamente imputables; les establece un proceso, no los condena hasta que cumpla los 18 años de edad porque le permite a un juez decir, con voz  trémula «yo nunca condené a un menor de edad» pero en el momento que cumple 18 años los pueden condenar hasta a reclusión perpetua por los delitos cometidos siendo menor de edad, contó.

Con los menores de 16 años, hay una situación un poco más grave porque a los menores de 16 años la ley los designa como no punibles, insistió. Sin embargo, cuando un menor de 16 años es acusado de un delito y se comprueba que no tiene 16 años, se cierra el expediente penal pero se abre un expediente tutelar. Si de este expediente tutelar se llega a la conclusión de que el chico está en peligro material y moral, se lo priva de la libertad para protegerlo.

Sin embargo, según contó García Méndez,  pensó – y en este punto se equivocó, confesó- que la Corte iba a dejar esta situación porque no tiene plazos para siempre. No obstante, el 2 de diciembre de 2008 emitió un fallo «que es un modelo de esquizofrenia», consideró. Se trata de un fallo de 20 páginas y en las 19 primeras dice que el decreto de la dictadura es una desgracia y una aberración pero en la página 20 la declara constitucional, aseveró.

«Suspende definitivamente la liberación de todos los menores de 16 años, lo cual convalida el uso de la privación de la libertad como forma de protección», lo que es violatorio de ley vigente. Ese mismo día, el juez Zaffaroni declaraba en una entrevista: «nosotros sabíamos que ese decreto es inconstitucional –se refiere al decreto de la dictadura- pero lo declaramos constitucional por razones coyunturales». Consultado sobre cuáles eran esas razones coyunturales, Zaffaroni respondió: «esos menores de edad estaban marcados para morir por la Policía Federal». «Es como si uno dijera: ‘esta mujer está amenazada de muerte por el marido, entonces la voy a poner en una cárcel federal para protegerlas’. Así de absurda es la situación en Argentina», aseguró

Contacto: Basi Velázquez – basivel@hotmail.com / Catamarca, Argentina